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ORDEN de 3 de julio de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan para el año 2012 las subvenciones reguladas en el Decreto 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Decreto 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón «Boletín Ofi cial de Aragón» n.º 84, de 4 de mayo de 2012; corrección de errores en «Boletín Ofi cial de Aragón» n.º 117, de 18 de junio de 2012, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Emprendedores, que tiene como fi nalidad favorecer un clima emprendedor, impulsar el espíritu de empresa y dar respuesta al problema del desempleo, facilitando las posibilidades de acceso de las personas en situación de desempleo al mercado de trabajo como trabajadores, en este caso, por cuenta propia
A estos efectos, se contempla un régimen de ayudas, en los términos previstos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Dicho decreto dispone en su artículo 26.2 que la solicitud y concesión de las subvenciones requerirá convocatoria previa efectuada por orden del Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, en función de la dotación presupuestaria prevista para cada ejercicio; y que
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RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2012, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se modifi ca la Resolución de 15 de diciembre de 2011, publicada en el Boletín Ofi cial de Aragón n.º 250, de 22 de diciembre, en virtud de la cual se convocaron para el año 2012, las subvenciones públicas a conceder por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.
Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2011 «Boletín Ofi cial de Aragón» n.º 250, de 22 de diciembre de 2011, de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, se convocaron para el año 2012 las subvenciones públicas a conceder por el Instituto Aragonés de Empleo destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo
Los fondos previstos en la mencionada resolución para la realización de los proyectos objeto de la convocatoria y sus aplicaciones presupuestarias para el ejercicio del año 2012, se especifi caban en el apartado tercero de la misma, ascendiendo a 5.246.000 euros, de los cuales se destinaban como máximo 500.000 euros al programa de Talleres de Empleo de emprendedores los cuales debían iniciar sus actividades en el primer semestre del año 2012
Para el año 2013 la fi nanciación ascendía a 5.000.000 euros y para el año 2014 a 2.000.000 euros, refl ejados en las partidas presupuestarias: G/3221/450001/33005, G/3221/460046/33005 y /3221/480145/33005
Según establecía la c
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CORRECCIÓN de errores del Decreto 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Advertidos errores en el texto del Decreto 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón, publicado en el Boletín Ofi cial de Aragón, número 84, de 4 de mayo de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectifi caciones: En la página 9094, en el artículo 10.4, donde dice: .colegios Profesionales., debe decir: .Colegios Profesionales.
En la página 9095, en el artículo 11.8, donde dice: .artículo 32.4.b., debe decir: .artículo 27.4.c.
En la página 9098, en el artículo 20.2.c, donde dice: .que, este caso., debe decir: .que, en este caso.
En la página 9099, en el artículo 21.4.c, donde dice .trabajador autónomo., debe decir .promotor o promotores.
En la página 9100, los apartados 4,
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DECRETO 111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el mismo para la promoción del empleo de aquellos emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos o constituyan microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
La Constitución Española dispone en su artículo 41 que los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica
De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, afi rma en su artículo 26, en el ámbito específi co de empleo y trabajo, que los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad
Por su parte, en relación con el reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, el artículo 71
32ª del Estatuto, atribuye a Aragón la competencia exclusiva sobre la planifi cación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad
El artículo 71.37ª le atr
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