Un paso importante en la vida de todo emprendedor es la creación de una sociedad para poder llevar a cabo su proyecto.
Las razones para decidirse a crear una sociedad pueden ser muy diversas, desde limitar la responsabilidad de los socios, reforzar la imagen de cara a terceros o solicitar financiación, hasta beneficiarse de los tipos de tributación de la sociedades.
Sea cual sea el motivo elegido, a continuación os detallaré los pasos necesarios para poder crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada.
1.- Obtención del Certificado Negativo de Denominación Social.
La denominación social de la empresa debe de solicitarse ante el Registro Mercantil Central.
En la solicitud se harán constar 5 posibles denominaciones, ordenadas del 1 al 5 según las preferencias del solicitante.
Una vez concedida, el Registro Mercantil Central emitirá el Certificado Negativo de Denominación Social, el cual tiene una vigencia de 6 meses contados desde la fecha de su expedición (3 meses a efectos de otorgamiento de la Escritura de Constitución).
2.- Depósito del Capital Social en una Entidad Bancaria
Los socios deberán acudir a una Entidad Bancaria y depositar el Capital Social de la Sociedad (mínimo 3.000 Euros) en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad.
En el momento de depositar el Capital Social es necesario llevar el Certificado de Denominación Social para poder abrir la cuenta bancaria a nombre de la sociedad.
La Entidad Bancaria emitirá un certificado que tendrá que llevarse a la notaría para poder constituir la sociedad.
3.- Elaboración de los Estatutos Sociales de la Sociedad
En ellos se regulará la estructura y el funcionamiento interno de la sociedad.
Recomendamos solicitar ayuda de un profesional para asesorarse sobre la redacción de los mismos.
4.- Firma de la Escritura de Constitución en la Notaría.
A la firma deberán de acudir todos los socios de la sociedad.
Asimismo, deberá de aportarse el Certificado Negativo de Denominación social y el certificado emitido por la Entidad Bancaria.
5.- Solicitud del NIF provisional de la sociedad
Puede realizarse de forma presencial o telemáticamente, mediante el modelo 036 ante la Agencia Tributaria.
6.- Pago de las tasas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Actualmente, la operación está exenta, no obstante muchos registros siguen pidiendo el modelo cumplimentado.
7.- Inscripción de la Escritura de Constitución en el Registro Mercantil correspondiente.
8.- Solicitud del NIF definitivo de la sociedad
Una vez recogida la Escritura de Constitución del Registro Mercantil se solicitará el NIF definitivo de la sociedad mediante el modelo 036.
Deberá de aportarse copia de la Escritura de Constitución correctamente inscrita en el Registro.
9.- Solicitud de alta de actividad de la empresa
A través del modelo 036 deberá de darse de alta la actividad de la sociedad en la Agencia Tributaria.
Si necesitan más información estoy a vuestra disposición para lo que necesitéis.